COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA
Seguridad, Ambiente y Calidad
Política de Calidad
ANEXO A LA RESOLUCIÓN Nº 74 / 2009

POLÍTICA DE LA CALIDAD DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

La COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en concordancia con los objetivos establecidos para la Institución por la Ley Nº 24.804, el Decreto Nº 1.390/98 y la Ley Nº 25.018, planificando, coordinando y ejecutando las actividades necesarias para el desarrollo de la Actividad Nuclear con fines pacíficos en la República Argentina, establece la presente Política de la Calidad:
1. Promover la cultura de la mejora continua y de la búsqueda y preservación de la excelencia en todas sus actividades.

2. Mantener y mejorar sus sistemas de gestión, en todos sus niveles, alineados con las buenas prácticas y normas pertinentes, nacionales e internacionales.

3. Propender a la armonización e integración progresiva de los sistemas de gestión.

4. Propender al reconocimiento, calificación, certificación y acreditación de los desempeños alcanzados en sus actividades.

5. Mantener la aplicación de criterios para garantizar la sustentabilidad de las actividades comprendidas en su Plan Estratégico.

6. Fomentar condiciones de trabajo que faciliten y alienten el desarrollo de nuevos conocimientos y tecnologías, procesos e ideas creativas e innovadoras.

7. Propender a la formación y capacitación permanente del personal, en todos sus niveles, con criterios de pertinencia y eficacia.

8. Promover y mantener la difusión y comunicación interna y externa de las actividades, a través de los canales institucionales pertinentes, cumpliendo las normas de transparencia y confidencialidad establecidas.

9. Fomentar las relaciones con la comunidad.

10. Evaluar periódicamente esta política y su cumplimiento.

Para ello, la Presidenta de la CNEA impulsará las acciones necesarias para la implementación de la presente Política de Calidad en todo el ámbito de la Institución y a gestionar la disponibilidad de los recursos necesarios para su efectivo cumplimiento.
CNEA 61 años CNEA 61 años



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